viernes, 25 de mayo de 2012

Hoy, que todo Cristo hace versos



En Roma gustaron por mucho tiempo la costumbre de levantarse y abrir la casa temprano, para dar al cliente un consejo legal, para invertir con personas solventes dineros seguros; para escuchar a los viejos y decir al más joven cómo se puede aumentar la fortuna, cómo menguar los caprichos que traen la ruina. Ha cambiado de gustos el pueblo inconstante y no arde sino en la pasión de escribir: coronado el cabello de frondas, cenan mozos y padres severos y dictan poemas. Yo mismo, que afirmo que no escribo versos, a la vista está que soy más falso que un parto: despierto desde antes del alba, pido cálamo, folios y escribo.

Horacio, Epístola a Augusto (Or. Ep. 2. 1).

lunes, 14 de mayo de 2012

Noche y Niebla, 1



En Seguridad, territorio y población, el curso de Michel Foucault de 1978, mientras se discute el concepto de razón de Estado, se trata brevemente la noción de "golpe de Estado", que en la época (siglo XVII), tiene un sentido radicalmente diferente al que se le adjudica hoy: "Cuando Naudé presenta su definición, su descripción del golpe de Estado, van a ver que en ese texto hay algo muy napoleónico, algo que hace pensar singularmente en las noches hitlerianas, las noches de los cuchillos largos. El autor dice lo siguiente: "en los golpes de Estado, vemos caer el rayo antes de haberlo oído bramar en las nubes". En los golpes de Estado, "los maitines se dicen antes de tocarlos, la ejecución precede a la sentencia; en ellos todo se hace a la manera judaica; [...] tal recibe el golpe que pensaba dar, tal otro muere cuando creía estar a salvo, tal lo padece sin haberlo imaginado, todo se hace de noche, en la oscuridad, en medio de la niebla y las tinieblas". A las noches hitlerianas, mencionadas en el párrafo precedente, añadiríamos, por nuestra parte, las vísperas venecianas, pues según podemos saber, es mérito de la Serenísima República Comercial el haber creado, tras la conspiración de 1310, el conocido como Consejo de los Diez, instituido de forma secreta y provisional tras los trágicos sucesos de aquel año, terminando por convertirse en un mecanismo esencial y permanente del gobierno de la ciudad. El temido consejo no era otra cosa que una policía política secreta destinada a hacer la guerra sucia a toda aquella amenaza, individual o colectiva que comprometiera la integridad del gobierno de la república. Lo que pasa es que, a menudo, esa amenaza, caso del intento de insurrección mencionado, no era sino el afán del pueblo llano de hacer valer sus derechos frente a la vieja oligarquía gremial. Finalmente, las misiones más habituales del Consejo de los Diez consistían en actuar rápida y contundentemente allá donde surgía un peligro para los negocios, casi siempre monopolísticos, de la República, fuese dentro o fuera de los dominios soberanos de la misma. 

La vieja idea de golpe de estado, a la que nos estamos refiriendo, cuya definición enseguida ampliaremos con la ayuda de Foucault, se parece mucho, pues, a lo expuesto en el célebre decreto hitleriano conocido como Noche y niebla, empezando por el nombre, imposible no sospechar que se encuentra directamente inspirado en las palabras de Naudé que abren este artículo (se cuenta, sin embargo, que su denominación está inspirada en la ópera de Wagner El oro del Rin), y continuando, por supuesto, por su espíritu: la eliminación en secreto de oponentes políticos. 

¿Quién era Gariel Naudé? Un caso clásico de erudito privado de la época barroca que, desempeñando una profesión determinada, acaba por escribir, sin embargo, de casi todo, en particular de variadas cuestiones jurídicas, y que además terminó escribiendo algunas páginas que tendrán una influencia considerable en un campo restringido. Fue secretario del Cardenal Richelieu primero y de Mazzarino después, además de su bibliotecario; un bibliotecario que escribió además un tratado de ordenación de las bibliotecas que todavía hoy supone un hito de la historia de la biblioteconomía. Pero Naudé no era un bibliotecario cualquiera, Mazzarino, valido de Luis XIII, como lo fuera su ilustre predecesor, era el hombre que lo sabía todo acerca de los servicios secretos de la Europa de su tiempo. Es así que teniendo su trabajo como bibliotecario un importante componente de archivero diplomático, como Naudé termina escribiendo en 1639 su tratado sobre el golpe de estado, que no es otra cosa que la forma más radical de diplomacia secreta, a cuyo logro hay que añadir la aportación un año después del teólogo luterano von Chemnitz, que escribe un panfleto exactamente sobre el mismo tema.

Bien, finalmente, lo que en la época barroca se entendía por Golpe de Estado, y siempre según Foucault, es lo siguiente: "Pues a principios del siglo XVII la expresión "golpe de Estado" no significa para nada la confiscación del Estado por unos a expensas de otros, siendo éstos sus anteriores poseedores, que de resultas se ven despojados de él. El golpe de Estado es algo totalmente distinto. ¿Qué es un golpe de Estado en el pensamiento político de inicios del siglo XVII? Ante todo, una suspensión, una cesación de las leyes y la legalidad. El golpe de Estado es lo que excede el derecho común. Excessus iuris communis, dice Naudé." Según esta definición primera, el golpe de estado coincide con lo que entendemos hoy por estado de excepción. Sin embargo, hay una diferencia fundamental con este último en lo que toca sino a su intensidad, sí a su extensión. El golpe de estado, aunque el grupo o la institución del estado encargada de ejecutarlo (una policía o servicio secreto, una rama del ejército) sean permanentes, constituye siempre una actuación localizada, a un grupo determinado, a una acción concreta, no se publica y se extiende universalmente como el estado de excepción, sino que se aplica en secreto y de manera singular a un cierto tipo de individuos: aquellos que el estado percibe en determinado momento como una amenaza. Un ejemplo histórico de esto ofrece el teórico Chemnitz, el otro teórico del golpe de estado, que publicó su opúsculo un año después de Naudé: "Y Chemnitz dará como bello ejemplo de la violencia necesaria de los golpes de Estado lo que Carlomagno hizo con los sajones, cuando [les] llevó la guerra y ocupó sus territorios. Chemnitz dice que Carlomagno instituyó jueces para extirpar la revuelta y la agitación de los sajones, y esos jueces tenían la particularidad, en primer lugar, de ser desconocidos por el público, de modo que no se sabía quién juzgaba. Segundo, juzgaban sin conocimiento de causa, es decir, sin haber establecido ningún aspecto de los hechos que reprochaban a sus condenados. Tercero, su juicio carecía de forma de proceso, o sea que no había ningún ritual judicial. En otras palabras, de ese modo Chemnitz dice con elegancia que Carlomagno puso asesinos entre los sajones, que mataban a quienes y como querían y sin decir por qué. ¿Y a quiénes debían matar? A los perturbadores de la tranquilidad pública y el Estado." Compárese esto con parte del reglamento del consejo de los diez veneciano: "los procedimientos del tribunal serán siempre secretos; sus miembros no usarán ninguna divisa distintiva. No se harán ningunas detenciones abiertas. El jefe de los administradores (esbirros) evitará hacer detenciones domiciliarias, pero intentará agarrar a los culpables lejos de su hogar y, si lo consigue, serán llevados al palacio del Dogo, donde el tribunal juzgará; la ejecución nunca será pública, el condenado será ahogado en la noche en el canal de Orfano”. Se trata este probablemente de uno de los primeros ejemplos de desaparición o eliminación política documentados históricamente.

Pero. ¿qué tiene que ver el golpe de estado tal y como se lo entiende en esta época con la "razón de estado". Según Foucault no es sino su fundamento: "Es además una acción extraordinaria contra el derecho común, una acción que no guarda ningún orden ni forma alguna de justicia. En ese sentido, ¿el golpe de Estado es ajeno a la razón de Estado? ¿Constituye una excepción con respecto a ella? En absoluto. Pues la misma razón de Estado, y éste es, creo, un punto esencial que debe retenerse, no es para nada homogénea a un sistema de legalidad o de legitimidad. ¿Qué es la razón de Estado? Pues bien, es algo —dice Chemnitz, por ejemplo— que permite derogar todas "las leyes públicas, particulares, fundamentales, cualquiera sea su especie". Digamos que esta definición es pareja, cuando menos compatible con esa otra del poder soberano que hemos comentado otras veces, la que Giorgio Agamben recoge de Carl Schmitt: el soberano es aquél que tiene la potestad de declarar el estado de excepción (recordemos que hay una definición de Tiqqun que es un colorario de esta otra: "soberano es el que decide quién es terrorista" y que se puede considerar la contraparte de lo que dice Foucault sobre la razón de estado, si lo interpretamos como que el soberano es aquel que tiene la potestad, llegado el momento de necesidad, de convertirse en terrorista, es decir, de aplicar el terror); la potestad, dice el texto, de suspender el orden jurídico corriente, ordinario, y de hacerlo en secreto. Este último matiz es realmente importante puesto que el secretismo supone una originalidad con respecto a la moderna teoría del estado de excepción. Suspensión de las garantías de manera localizada, pero sobre todo secreta.